Renovación SER Madrid, renovación del distintivo de residente en Madrid

La renovación del SER servicio de estacionamiento regulado de Madrid, que está destinada a todos los residentes de la zona SER, con distintivo en vigor y que deseen renovarlo, requerirá de los siguientes trámites y pasos, que podrá realizarse por los siguientes métodos:

Por correo postal:

- A través del documento de pago o abonaré:

Recibirán el abonaré a mediados de octubre, en su domicilio y por correo certificado, los residentes que mantengan el mismo vehículo (ya sea como titular, en retribución en especie o en renting / leasing en vigor al menos hasta diciembre de 2010) y el mismo domicilio de empadronamiento en Zona S.E.R. de su distintivo en vigor.

Ésta es la vía recomendada para la renovación, siempre que se haya recibido la carta correspondiente del Ayuntamiento y reúna los requisitos. Más información más abajo, en el apartado "Tramitación".

Presencialmente en:

- Departamento Administrativo de Estacionamiento Regulado: cualquier residente podrá solicitar la renovación en esta oficina. Para ser atendido deberá concertar cita previa, lo que podrá hacer a través de esta página (enlace "Concertar Cita previa"). Para obtener el distintivo 2011, se aportará la documentación requerida según el supuesto, e ingresará la tasa (si es a partir de las 13,30 horas exclusivamente mediante tarjeta bancaria).

- Oficinas de Atención al Ciudadano (Línea Madrid) ubicadas en los distintos distritos de la ciudad de Madrid: exclusivamente los ciudadanos empadronados en Zona S.E.R. titulares del vehículo. Quedan por tanto excluidos de estas oficinas los supuestos de renting/leasing, los de retribución en especie , los residentes temporales en Zona S.E.R. (empadronados fuera de la Comunidad) y todo residente adjudicatario de plaza de estacionamiento en P.A.R. Para ser atendido deberá concertar cita previa, lo que podrá hacer a través de esta página (enlace "Concertar Cita previa"). Para obtener el distintivo 2011 deberá aportar la documentación requerida según su supuesto y abonar la tasa con tarjeta bancaria.

Plazo:

- Renovación por correo: hasta el 5 de noviembre de 2010 (último día de pago del abonaré).
- Renovación presencial: hasta el 30 de diciembre de 2010.

En cuanto a la documentación necesaria, señalar lo siguiente:

- Documentación para acreditar la identidad y de legitimación para actuar:

El/la Residente interesado deberá acreditar su identidad mostrando su DNI.
Cuando la gestión no sea realizada por el titular del vehículo, se aportará la siguiente documentación:

1.Autorización firmada por el titular donde consten nombre y apellidos y número de D.N.I. tanto del titular como de la persona autorizada.
2.Fotocopia del DNI del titular (original en caso de nacionalidad extranjera).
3.DNI original de la persona autorizada.
Cuando se actúe mediante representante legal, deberá acreditarse adecuadamente la representación.

En el caso de extranjeros, el DNI se sustituirá por:

1.Documento oficial de identificación personal o Pasaporte, para el caso de los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
2.Pasaporte, para el resto de extranjeros (si han transcurrido más de tres meses de permanencia en España aportarán la Tarjeta de Extranjero).

En los casos de renovación presencial se precisa presentar la siguiente documentación:

1. En caso de renting/leasing, se presentará original y fotocopia de:

Contrato, anexo, o certificado de la empresa arrendadora, donde figuren los datos del arrendamiento (arrendador, arrendatario, matrícula, fecha de inicio y vencimiento).

Cuando figure como titular del vehículo la empresa arrendataria, habrá que aportar, además, el último recibo del pago del Leasing.

Si el contrato figura suscrito a nombre de una empresa, deberá acompañar declaración del representante legal de la misma en la que se indique la relación laboral con el residente y la adscripción del vehículo.

2. En caso de retribución en especie, se presentará, original y fotocopia de:

Póliza del Seguro del vehículo, en el que conste el residente como conductor habitual.

Certificación de la empresa remuneradora propietaria del vehículo (cumplimentando el impreso municipal destinado al efecto, descargable de Internet, en la sección "Impresos"). Si el certificante fuera un autónomo, se deberá aportar fotocopia de la Certificación de Alta en el Régimen de Autónomos.

* La representación legal se acreditará mediante aportación de copia de la correspondiente escritura pública de otorgamiento de poderes o de nombramiento de cargo o administrador.




El residente temporal en Zona del S.E.R. (empadronado fuera de la Comunidad de Madrid) habrá de aportar, además de los documentos arriba referidos según el supuesto de disposición del vehículo, los siguientes:

1.Fotocopia de Certificado de empadronamiento del lugar de origen.
2.Acreditación del domicilio, en Zona SER, en el que transitoriamente viva el interesado, mediante alguno de los siguientes documentos (original y fotocopia):
Recibo o domiciliación bancaria de algún gasto o consumo derivados de un contrato de suministro de la vivienda (agua, gas, electricidad, teléfono, ...), en los que conste la identidad del solicitante y el domicilio.

Contrato de arrendamiento (si hubiere transcurrido más de un año desde su fecha de celebración, se acompañará del último recibo del pago del arrendamiento).

Fotocopia de la Escritura de Propiedad de la vivienda a nombre del solicitante.

** En esta condición de residencia temporal se podrá obtener un único distintivo, sin posibilidad de renovación.

- En todo caso, el domicilio del Permiso de Circulación del vehículo debe coincidir con el de empadronamiento de su titular (excepto vehículos en renting/leasing o como retribución en especie donde el titular del vehículo sea una empresa).
Las certificaciones, declaraciones, recibos o domiciliaciones deberán presentarse con fecha actualizada (máximo 3 meses).

- Cuando se esté realizando tramitación referente al vehículo ante Tráfico, se aportará, además, fotocopia del Justificante de la Dirección General de Tráfico (D.G.T.) u original y fotocopia del Justificante de gestor administrativo colegiado, con sello original.

- En caso de que, junto a la solicitud del distintivo, se desee realizar el trámite telemático ante la D.G.T. del cambio de domicilio en el Permiso de Circulación del vehículo de la persona física residente interesada, es obligatorio presentar también el original del Permiso de Circulación y de la Tarjeta de Características Técnicas del mismo (tarjeta verde ITV) y, cuando haya cotitulares, la autorización de los otros titulares y la fotocopia del Documento de Identidad.

- En caso de vehículos con matrícula extranjera deberá aportarse fotocopia del Permiso de Circulación (original si se trata de Estado ajeno a la Unión Europea).

Indicar que esta renovación, conllevará el pago de unas tasas, las cuales podrán pagarse por los siguientes medios y en las siguientes entidades:

Bancos y Cajas autorizados:

Entidades financieras colaboradoras: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), Banco Popular Español, Banco Santander, Caja Madrid, Ibercaja y La Caixa.

Tarjetas: Visa, Visa Electrón, MasterCard y Maestro.

Por último indicar que el importe de estas tasas será el siguiente:

Tasas para 2011:
- Anual: 24,60 euros.
- Mensual: 2,05 euros.
Para más información:

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